EL CORONAVIRUS (COVID-19) EN EL ÁMBITO LABORAL
¿QUÉ ES EL CORONAVIRUS?
¿QUÉ ESTÁ HACIENDO EL GOBIERNO PERUANO PARA COMBATIR EL COVID-19?
La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha calificado con fecha 11 de marzo de 2020, el brote de COVID-19 como una pandemia, al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea.
Por lo que, es responsabilidad del Estado reducir el impacto negativo en la población ante la existencia de situaciones de riesgo elevado para la salud y la vida de los pobladores, así como mejorar las condiciones sanitarias y la calidad de vida de su población, y adoptar acciones destinadas a prevenir situaciones y hechos que conlleven a la configuración de éstas.
De esa manera, el Gobierno ha dispuesto diversas disposiciones a fin de poder enfrentar la Emergencia Sanitaria en el Perú.
¿QUÉ IMPLICA EL ESTADO DE EMERGENCIA DISPUESTO POR EL GOBIERNO PERUANO?
¿QUÉ MEDIDAS SE ADOPTAN EN EL ESTADO DE EMERGENCIA?
El Gobierno ha adoptado medidas adicionales y excepcionales para proteger eficientemente la vida y la salud de la población, reduciendo la posibilidad del incremento del número de afectados por el COVID-19, sin afectarse la prestación de los servicios básicos, así como la salud y alimentación de la población.
¿QUÉ MEDIDAS SE HAN TOMADO EN EL ÁMBITO LABORAL?
• Guía para la prevención del Coronavirus (COVID-19) en el ámbito laboral
I. TELETRAJO: CONSIDERACIONES QUE SE DEBEN TENER EN CUENTA
II. TRABAJO REMOTO: MEDIDA EXTRAORDINARIA IMPLEMENTADA EN EL TRABAJO ANTE LA PROPAGACIÓN DEL CORONAVIRUS
Mediante el Decreto de Urgencia Nº 026-2020, publicado el 15 de marzo de 2020 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobaron medidas extraordinarias para prevenir la propagación del coronavirus en el territorio nacional y para asegurar la continuidad del desarrollo del trabajo del sector público y del sector privado. En ese sentido, a fin de tutelar la continuidad del trabajo en el sector público y privado, se ha dispuesto el trabajo remoto, el cual se encontrará vigente hasta que dure la Emergencia Sanitaria.
III. ¿EN QUÉ CONSISTE EL TELETRABAJO Y TRABAJO REMOTO?
En cumplimiento de la cuarentena de 15 días calendario, se han dispuesto dos modalidades de trabajo a distancia: i) teletrabajo y ii) trabajo remoto, a continuación señalamos algunas diferencias y similitudes:
¿QUÉ SUCEDE CON LOS PLAZOS PROCESALES Y ADMINISTRATIVOS?
A través de la Resolución Administrativa Nº 115-2020-CE-PJ, publicada el 17 de marzo de 2020 en el Diario Oficial El Peruano, se dispone la suspensión de las labores del Poder Judicial a partir del 16 de marzo de 2020 hasta el 30 de marzo de 2020, debido al Estado de Emergencia Nacional. En consecuencia, se suspenden los plazos de los procesos y de los trámites administrativos durante el periodo
¿QUÉ HA DISPUESTO LA SUNAFIL?