Nuestra Socia Fundadora, Marysol León, hace una serie de recomendaciones ante el vencimiento del plazo máximo para presentar la Declaración Anual de IR 2020 en el caso de ‘buenos contribuyentes’ que ocurrirá mañana.
El plazo máximo para presentar la Declaración Anual de IR 2020 en el caso de ‘buenos contribuyentes’ vencerá mañana. Para ello, la soda líder del área tributaria de Quantum Consultores, Marysol León, hace una serie de recomendaciones.
Explica que para deducir un gasto no es indispensable contar con el comprobante de pago antes del vencimiento de la declaración. “Podría ser con posterioridad si se rectifica la declaración o bastará con tener el documento a disposición en una eventual fiscalización por parte de la Sunat”.
Registros
Comenta que probablemente haya gastos que al 31 de diciembre no llegaron a registrarse en contabilidad, pero que para fines tributarios ya devengaron. “De ser así, tiene el derecho de deducirlos vía declaración jurada, pues no hay restricción que condicione la deducibilidad de los gastos a su registro contable”.
Ante la coyuntura de emergencia sanitaria, muchas empresas recibieron un subsidio equivalente al 35% de la remuneración de trabajadores con sueldo de hasta 1,500 soles. “Este subsidio, al provenir de un mandato legal (D. U. N° 033-2020], no califica como renta gravada, por lo que se tendría que deducir vía declaración jurada anual del IR”.
Multa
- De no cumplir con presentar la declaración jurada dentro de la fecha de vencimiento, las empresas tendrían que pagar una multa del 50% de una UIT; es decir, 2,200 soles.