Condición del Sujeto Sin Capacidad Operativa (SSCO)

Decreto Legislativo 1532: Condición del Sujeto Sin Capacidad Operativa

En este video, nuestra Gerente de Tax, Mónica Villar, nos habla sobre el Decreto Legislativo 1532 y en qué situaciones se considera la condición del Sujeto Sin Capacidad Operativa (SSCO).

El Decreto Legislativo No. 1532 entrará en vigor el 1 de enero de 2023 y tiene como objetivo regular el procedimiento de atribución de la condición de Sujeto Sin Capacidad Operativa (SSCO), figura que se aplicará al emisor de los comprobantes de pago o documentos complementarios sin tener los recursos necesarios para poder realizar operaciones. Esta norma busca evitar la emisión de comprobantes de pago en casos de operaciones no reales.

Control de Evasión Tributaria con el Decreto Legislativo 1532

El Decreto Legislativo 1532 se crea para controlar la evasión tributaria. Actualmente, existen empresas que, aunque constituidas formalmente y con operaciones económicamente elevadas, emiten facturas de operaciones no reales para justificar gastos, costos y/o crédito fiscal. Esto se hace con el objetivo de reducir la base imponible del impuesto a la renta anual o aprovechar el crédito fiscal del IGV.

Criterios para Determinar un Sujeto Sin Capacidad Operativa

La SUNAT inicia el procedimiento de atribución de la condición de Sujeto Sin Capacidad Operativa cuando detecta las siguientes situaciones:
  • No cuenta con infraestructura o bienes.
  • No tiene activos.
  • No cuenta con personal.
Cualquier otra situación objetiva que evidencie la falta de recursos económicos, financieros, materiales, humanos y/o otros necesarios para realizar las operaciones que justifican los comprobantes de pago o documentos complementarios también es relevante.
El procedimiento se inicia con la notificación por carta y el requerimiento correspondiente, cumpliendo con los plazos establecidos en el Decreto Legislativo 1532:
  1. 30 días hábiles para presentar pruebas que desvirtúen las situaciones comunicadas por SUNAT.
  2. Prórroga de 5 días hábiles adicionales si la solicitud se presenta 3 días hábiles antes del vencimiento del plazo inicial.
  3. 30 días hábiles desde el vencimiento para notificar si se ha desvirtuado o no la situación comunicada por la SUNAT.

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Si no se desvirtúa la condición de Sujeto Sin Capacidad Operativa según el procedimiento antes indicado, la SUNAT publicará la lista de SSCO. Esto tendrá diversos efectos:
  • Baja de las series de comprobantes de pago y documentos complementarios físicos.
  • Emisión permitida solo de boletas de venta y notas de débito y crédito vinculadas.
  • Las operaciones realizadas no permiten ejercer el derecho al crédito fiscal ni sustentar costo o gasto para el Impuesto a la Renta.
Es esencial verificar que los proveedores contratados no estén calificados como SSCO en la Ficha RUC de SUNAT. Asegúrese de que cuenten con infraestructura y activos adecuados para evitar la pérdida del derecho al uso del IGV como crédito fiscal y la aceptación de gastos incurridos.

Importancia del Cumplimiento

La lista de atribución de la condición de Sujeto Sin Capacidad Operativa se utilizará para determinar el perfil de cumplimiento, una norma legal que reemplaza el derogado Régimen de Buenos Contribuyentes.

Conclusión

En resumen, la designación como Sujeto Sin Capacidad Operativa tiene implicancias serias y duraderas para cualquier entidad. Es crucial mantenerse informado y cumplir con todas las regulaciones para evitar sanciones. No espere a enfrentar problemas legales y financieros, actúe ahora y proteja su negocio.

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MARYSOL LEÓN H.

Socia y Gerente General

MÓNICA VILLAR B.
Tax Manager
EDUARDO HUAYANCA G.
Tax Supervisor

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