Consideraciones para la presentación de los Libros Electrónicos Anuales

Administración tributaria: Libros Electrónicos

En el presente video; nuestra Senior del Área de Tax, Diana Martínez, nos comparte la importancia de la presentación de los libros electrónicos, los cuales tienen como fecha de vencimiento el 3 de abril de 2023.

En principio, es necesario tener en cuenta que la Resolución de Superintendencia No. 169-2015/SUNAT, establece que desde enero 2016, los principales contribuyentes están obligados a presentar los siguientes libros electrónicos:

  • Libro de Inventarios y Balance
  • Registro de Costos
  • Registro de Activos Fijos
  • Registro de Consignaciones
  • Registro de Inventario Permanente Valorizado

Es fundamental destacar que toda la información que se remita en estos Libros electrónicos debe ser fidedigna y consistente, ya que, en caso contrario, se podría incurrir en una infracción equivalente a 0.3% de los ingresos netos hasta un tope de 12 UIT, debido a no cumplir con los parámetros establecidos para dicha presentación.

Sin embargo; en caso, el contribuyente se percate de algún error en la información presentada, cabe la posibilidad de remitir nuevamente la documentación a través del estado 9 en una siguiente declaración; asimismo, cuando no se haya presentado la documentación completa, se podrán incluir nuevas operaciones por medio del estado 8, salvo en el caso del registro de compras.

Por último, recuerda que es mejor elaborar esta información de forma anticipada para no incurrir en errores u omisiones que motiven a la Administración Tributaria a interponer una infracción, tal como lo establece el Código Tributario.

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MARYSOL LEÓN H.

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