En esta oportunidad, Julio Marroquín, Gerente del Área Legal de Quantum Consultores, nos habla sobre la Casación No. 11138-2020, donde el Poder Judicial establece la delimitación de las facultades de SUNAT respecto de la determinación de la obligación tributaria.
La sentencia en mención señala puntualmente que la SUNAT no puede verificar un arrastre de pérdidas de períodos prescritos, que influyan en la determinación de la obligación tributaria de un período no prescrito. Este criterio parte de la obligación del contribuyente para guardar o conservar, por el plazo de 5 años o por el período prescrito, los documentos o información relacionada a sus obligaciones tributarias; para determinar el plazo correspondiente, se deberá hacer una comparación de ambos, y el que resulte mayor, será el plazo adecuado para conservar la documentación.
El hecho de no guardar dicha documentación podría generar un serio conflicto en las obligaciones tributarias actuales, incluso SUNAT podría desconocer un gasto puntual, al no haber respaldo documentario o sustentatorio de la misma. Este conflicto, no solo ocurre en pérdidas tributarias, sino también en gastos, incluso en gastos de depreciación.
En ese sentido, a nombre de Quantum Consultores, recomendamos que la información o documentación de obligaciones tributarias de períodos prescritos sea debidamente digitalizada, a efectos de que SUNAT no pueda cuestionar la validez de nuestros gastos.
Es cierto que, esta Resolución del Poder Judicial no constituye Jurisprudencia de Observancia Obligatoria; por lo que habría la posibilidad de que SUNAT en una fiscalización, pueda seguir observando la información perteneciente a períodos prescritos para determinar las obligaciones tributarias actuales, forzando de esta manera al contribuyente, para llegar a instancias judiciales y así solicitar la modificación de algún criterio brindado por la Administración Tributaria respecto a este punto.
Asimismo, recordemos que el Tribunal Fiscal también avala este tipo de conductas o decisiones tomadas por la Administración Tributaria, por lo que será necesario llegar al Poder Judicial para obtener una decisión similar a la establecida en la Casación No. 11138-2020.
Por último, tengamos presente que la seguridad jurídica, la defensa y los derechos del contribuyente son protegidos por la Constitución, por lo que una de las facultades de la Administración Tributaria, es brindar dicha seguridad al contribuyente, estableciendo una obligación justa y correcta que vaya acorde con la documentación o información que se cuente en ese momento.
Quantum Consultores pone a tu disposición nuestro servicio de Asesoría Legal
Si tienes alguna duda o consulta, no dudes en contactarnos.