Auditoría Tributaria Preventiva: Cómo evitar la atribución como SSCO

En el entorno fiscal actual, la Auditoría Tributaria Preventiva se ha convertido en una herramienta esencial para las empresas que desean evitar la atribución como Sujeto sin Capacidad Operativa. La SUNAT ha intensificado sus esfuerzos para clasificar a las empresas no solo por su cumplimiento tributario, sino también por su capacidad operativa. Si una empresa es considerada como tal, las consecuencias pueden ser graves: desde la imposibilidad de emitir comprobantes válidos hasta la pérdida de confianza de clientes y proveedores.

¿Qué es un Sujeto sin Capacidad Operativa?

El Decreto Legislativo N.° 1532 y el Decreto Supremo 319-2023 establecen que las empresas que no demuestren capacidad operativa no pueden emitir comprobantes que permitan a sus clientes deducir costos, gastos o créditos fiscales. Además, si tu empresa realiza transacciones con proveedores clasificados como sujetos sin capacidad operativa, la SUNAT podría desconocer esas operaciones, lo que impactaría negativamente en tu negocio.

Importancia del Perfil de Cumplimiento

El Decreto Legislativo N.° 1535 y el Decreto Supremo 320-2023 han implementado el perfil de cumplimiento, una herramienta que clasifica a los contribuyentes según su nivel de cumplimiento tributario y aduanero. Esta clasificación impacta directamente en la evaluación de riesgo fiscal por parte de la SUNAT y puede influir en los beneficios y derechos de los contribuyentes. Un perfil bajo puede resultar en mayores controles y sanciones, por lo que es esencial mantener un perfil de cumplimiento favorable.

Ante este panorama, la auditoría tributaria preventiva se presenta como una herramienta fundamental. Se trata de una revisión exhaustiva de las operaciones y registros contables antes de una fiscalización de la SUNAT. Este proceso permite identificar contingencias fiscales, corregir errores y asegurarse de que todo esté en orden, ofreciendo un margen de tiempo adecuado para hacer correcciones y minimizar los riesgos antes de una posible fiscalización.

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¿Cómo te Ayuda la Auditoría Tributaria Preventiva?

La Auditoría Tributaria Preventiva es un proceso exhaustivo que revisa las operaciones y registros contables antes de una fiscalización de la SUNAT. Esto permite identificar y corregir posibles errores, asegurando que todo esté en orden.

Este servicio debe abarcar los siguientes puntos fundamentales:

  1. Evaluación de la Capacidad Operativa

    Brinda una idea clara sobre si la compañía presenta indicios de calificar como un sujeto sin capacidad operativa ante la SUNAT.
  1. Evaluación de Proveedores

    Verifica si los proveedores con los que la empresa ha contratado se encuentran habidos y no presentan indicios de ser sujetos sin capacidad operativa.

  1. Revisión Documental Exhaustiva

    Revisa los contratos, facturas y otros documentos que respalden tus operaciones comerciales, garantizando que puedas justificar cada transacción ante una posible fiscalización.
  1. Análisis del Perfil de Cumplimiento

    Evalúa a la empresa para saber si cuenta con indicios de incumplimiento tributario en la declaración o pagos de impuestos, atrasos en el llevado de libros contables u otros factores que puedan afectar negativamente el perfil de cumplimiento.

¿Cuáles son los beneficios de una Auditoría Tributaria Preventiva?

Identifica y corrige errores en tus declaraciones antes de que la SUNAT los detecte y conlleve a cargas adicionales como pago de multas e intereses moratorios.

Minimiza la posibilidad de ser clasificado como un sujeto sin capacidad operativa o de tener un perfil de cumplimiento bajo, y evita posibles contingencias tributarias derivadas de la contratación con empresas no operativas.

Cumplir proactivamente con tus obligaciones tributarias refuerza la confianza de la SUNAT, así como de tus clientes y proveedores.

Corrigiendo inconsistencias antes de una inspección, se reduce significativamente el riesgo de sanciones y multas, así como las repercusiones negativas en tus relaciones comerciales.

Conclusión

En un entorno regulatorio que cambia constantemente, la Auditoría Tributaria Preventiva no solo protege a tu empresa de posibles sanciones, sino que también fortalece su posición en el mercado. No permitas que un perfil de cumplimiento bajo comprometa el éxito de tu empresa.

En Quantum Consultores, queremos brindarte la tranquilidad de saber que tus operaciones cumplen con los más altos estándares tributarios, es por eso que ponemos a tu disposición nuestro servicio de:

Auditoría Tributaria Preventiva para gestionar tu Perfil de Cumplimiento

En Quantum Consultores, brindamos un servicio integral de Auditoría Tributaria Preventiva, diseñado para asegurar que tu empresa mantenga un perfil de cumplimiento óptimo ante la SUNAT. Realizamos una verificación preventiva y detallada del correcto cumplimiento de tus obligaciones tributarias mediante un análisis profundo de las operaciones económicas registradas en la contabilidad. Aplicamos procedimientos que garantizan el alineamiento con las normas tributarias vigentes en cada período. De este modo, anticipamos y evitamos contingencias fiscales o reparos que puedan afectar la carga tributaria de tu empresa y su calificación en las futuras evaluaciones de la SUNAT, protegiendo así su reputación fiscal y asegurando que esté lista para cualquier proceso de fiscalización.

Si tienes alguna duda o consulta, no dudes en contactarnos.

MARYSOL LEÓN H.

Socia y Gerente General

MÓNICA VILLAR B.
Tax Manager
EDUARDO HUAYANCA G.
Tax Supervisor

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Desafíos Tributarios a pocos días de culminar el ejercicio 2023 relacionados con las Existencias

En esta siguiente entrega nos enfocaremos en compartir algunas de las acciones a tener en cuenta antes de la culminación del ejercicio fiscal 2023 a fin de aprovechar al máximo los gastos en los que incurren las empresas para que éstos sean aceptados por la autoridad tributaria en la determinación del Impuesto a la Renta 2023 libres de contingencias y que, de no observarse con detenimiento las exigencias que deben de cumplir, pueden generar complicaciones significativas reflejadas en una cuantiosa deuda tributaria a futuro.

Desde nuestra experiencia en Quantum Consultores (firma especializada en Auditoría y Consultoría Tributaria), hemos tenido la oportunidad de observar, analizar y apoyar a las áreas contables en estos desafíos. Aquí, compartimos algunas de las medidas que deben de tenerse en cuenta relacionadas con las Existencias de las empresas:

Liquidar o rematar el Inventario de poca rotación, fuera de estación o deteriorado:

La mayoría de las empresas toma inventarios físicos de sus existencias pero no analizan los resultados. De la toma de inventarios pueden extraer información muy valiosa al investigar las diferencias detectadas entre dichos resultados y lo que consta en la contabilidad, como es el caso de supuestos faltantes y/o sobrantes en el que lejos de solamente proceder al “Ajuste de Inventarios”, pueden detectar robos con las correspondientes acciones de cobro interna o a nivel judicial o errores contables que al ser detectados a tiempo originará que los EEFF presenten cifras razonables.

De tal inventario físico, las empresas también pueden confirmar la pérdida de cantidad por “mermas” inherentes al proceso de producción o “anormales” que demandarán el cumplimiento de contar con un Informe Técnico de Mermas emitido por un profesional independiente, competente, colegiado para que dicho gasto sea permitido como tal.

Por otro lado, también puede identificar un inventario que quedó de una temporada pasada y que de esperarse a la siguiente ya no tendrá el mismo valor de realización, por lo que en estas circunstancias es aconsejable no solamente que los EEFF muestren un deterioro del valor de las Existencias, que a la luz de la Ley del Impuesto a la Renta, son meras estimaciones, sino que estos gastos o pérdidas por el menor valor de venta frente al costo de adquisición o fabricación, se realicen. En ese orden de ideas es recomendable que se realicen promociones tales como descuentos del 60, 70, 80% que sean de carácter general (mailing o banners en la puerta de la fábrica o publicidad en medios de comunicación, entre otros) o remates o liquidaciones de saldos, o 2 por 1. Con esta medida no solamente se tiene un gasto aceptado para efectos tributarios aun habiendo resultado una pérdida, sino que además se le está generando caja a la empresa que servirá como capital de trabajo.

Pero también hay casos en los que esos Inventarios no pueden liquidarse y en cuyo caso no debe reflejarse tan solo la estimación de la pérdida para efectos contables (los mismos que indicamos no son aceptados para fines tributarios por ser solo una estimación) sino en estos casos debe procederse a su “destrucción” antes del cierre del ejercicio (conocido como “desmedros” por la pérdida de calidad del bien). Para tal efecto las empresas deben seguir rigurosamente los requisitos formales y sustanciales que exigen las normas tributarias para poder utilizar correctamente el gasto en el que se está incurriendo y la pérdida del valor que el inventario ha sufrido. A continuación, detallamos cuáles son las exigencias a las que nos referimos:

Como es de conocimiento general, el inciso f) del artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta (“LIR”) establece que son deducibles los desmedros de existencias debidamente acreditados.

Por su parte, el inciso c) del artículo 21° del Reglamento de la LIR prevé que la SUNAT aceptará como prueba la destrucción de las existencias efectuada ante Notario Público o Juez de Paz, a falta de aquél, siempre que el acto de destrucción se comunique previamente a la SUNAT en un plazo no menor de 02 días hábiles anteriores a la fecha en que se llevará a cabo la destrucción de los referidos bienes.

Agrega dicho inciso que cuando el costo de las existencias a destruir, sumado al costo de las existencias destruidas con anterioridad en el mismo ejercicio, sea de hasta de 10 UIT, la SUNAT aceptará como prueba la destrucción de las existencias sustentada en un informe que debe contener determinada información, siempre que el acto de destrucción se comunique previamente a la SUNAT en el plazo antes señalado. Asimismo, SUNAT establecerá la forma y condiciones para la presentación de la comunicación del acto de destrucción y del informe a que se refieren los considerandos precedentes, siendo que tratándose del aludido informe la SUNAT también establecerá el plazo para su presentación.

En ese sentido, con fecha 12 de diciembre del 2023, se publicó la Resolución de Superintendencia N° 000237-2023/SUNAT, a efectos de regular la forma y condiciones para la presentación de las comunicaciones previas del acto de destrucción de existencias a que se refiere el inciso c) del artículo 21 del Reglamento de la LIR, así como la forma, plazo y condiciones para la presentación del informe que sustente dicha destrucción y establecer la obligación de presentar el acta de destrucción de existencias extendida por el Notario Público o la constancia del acto de dicha destrucción otorgada por el Juez de Paz, así como la forma, plazo y condiciones para dicha presentación.

Información que debe contener la Comunicación (artículo 4°)

Entre los principales aspectos, la Comunicación debe contener:

  1. La dirección y ubigeo del lugar donde se llevará a cabo la destrucción de existencias.
  2. La fecha y hora en que se llevará a cabo la destrucción de existencias. Para efecto de señalar dicha fecha, debe tomarse en cuenta que la Comunicación tiene que ser generada con una anterioridad mínima a 02 días hábiles a la referida fecha.
  3. Existencias que formarán parte del acto de destrucción:
    1. En todos los casos, las existencias se identifican utilizando el código de producto SUNAT, el mismo que corresponde al estándar internacional de la ONU denominado United Nations Standard Products and Services Code-UNSPSC v14_0801 (código de productos y servicios estándar de las Naciones Unidas), conforme al catálogo que se indica en el Anexo I.
    2. Tratándose de contribuyentes cuyos ingresos brutos anuales durante el ejercicio precedente hayan sido mayores a 1,500 UIT deben identificar las existencias, además de los códigos señalados en el acápite anterior, con los códigos propios.
  4. Unidad de medida de las existencias a destruir, utilizando el código de tipo de unidad de medida comercial, conforme al catálogo que se señala en el Anexo II.
  5. Cantidad por cada ítem de las existencias a destruir.
  6. Motivo de la destrucción, según el Anexo III.
  7. Nombres y apellidos o denominación o razón social del prestador del servicio de destrucción, de corresponder, así como su número de RUC.
  8. Nombres y apellidos del Notario Público o Juez de Paz, de corresponder, así como su número de RUC y tipo y número de documento de identidad, respectivamente.

Forma y condiciones para la presentación de la Comunicación (artículo 5°)

La presentación de la Comunicación se realiza a través de SUNAT Virtual, para lo cual el contribuyente debe ingresar a SUNAT Operaciones en Línea, trámites y Consultas, con su código de usuario y clave SOL, luego en el menú “Otras declaraciones y solicitudes” ubicar la opción “Desmedros” y consignar la información señalada en el artículo 4°, según corresponda, siguiendo las indicaciones que señale el sistema.

Información que debe contener el Informe (artículo 8°)

Entre los principales aspectos, el Informe debe contener la información siguiente:

  1. Fecha del acto de destrucción de existencias.
  2. Hora de inicio y culminación del acto de destrucción de existencias.
  3. Dirección del lugar en el que se realiza el acto de destrucción de existencias.
  4. Cantidad, identificación, costo computable unitario, unidad de medida, costo computable total por ítem de existencias a destruir y costo computable total de las existencias a destruir
  5. Método de destrucción empleado, conforme a las definiciones previstas en el Anexo V.

Forma, plazo y condiciones para la presentación del Informe (artículo 9°)

La presentación del Informe se realiza a través de SUNAT Virtual, dentro de los 05 días hábiles siguientes a la fecha de la destrucción de existencias, para lo cual el contribuyente debe ingresar a SUNAT Operaciones en Línea, Trámites y Consultas, con su código de usuario y clave SOL, luego en el menú “Otras declaraciones y solicitudes” ubicar la opción “Desmedros” y consignar la información que corresponda siguiendo las indicaciones que señale el sistema. Una vez ingresada la información requerida, se debe cargar el Informe y cualquier otro documento anexo a este que el contribuyente considere necesario para sustentar la destrucción de sus existencias en un único archivo cuyo tipo y tamaño sean los que señale el sistema.

Obligación de presentar ante la SUNAT el Acta de destrucción de bienes extendida por el Notario Público o la Constancia del acto de destrucción de bienes otorgada por el Juez de Paz (artículo 11°)

Los contribuyentes que, para efectos del Impuesto a la Renta, deduzcan desmedros de existencias cuya destrucción es efectuada ante Notario Público o Juez de Paz, a falta de aquel, conforme con el tercer párrafo del inciso c) del artículo 21° del Reglamento, deben presentar ante la SUNAT el Acta o Constancia.

Forma, plazo y condiciones para la presentación del Acta o Constancia (artículo 12°)

La presentación del Acta o Constancia se realiza a través de SUNAT Virtual, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de la destrucción de existencias, para lo cual el contribuyente debe ingresar a SUNAT Operaciones en Línea, trámites y Consultas, con su código de usuario y clave SOL, luego en el menú “Otras declaraciones y solicitudes” ubicar la opción “Desmedros” y consignar la siguiente información:

  1. Fecha del acto de destrucción de existencias.
  2. Hora de inicio y culminación del acto de destrucción de existencias.
  3. Método de destrucción empleado, conforme a las definiciones previstas en el Anexo V.

Una vez ingresada la información requerida, se debe cargar el Acta o Constancia en un archivo cuyo tipo y tamaño sean los que señale el sistema.

Tal como se aprecia, la presente Resolución tiene por finalidad regular la acreditación de los desmedros de existencias, y facilitar las labores de control sobre la deducción de dichos desmedros por parte de SUNAT. Todo ello mediante el uso de las tecnologías de la información.

Respecto a algunos aspectos de su aplicación, la Resolución señala que, a partir de su entrada en vigencia y únicamente hasta el 01 de diciembre de 2023, los contribuyentes podrán presentar la Comunicación, el Informe, el Acta o la Constancia, indistintamente, en las dependencias de la SUNAT, en los Centros de Servicios al Contribuyente, a través de la Mesa de Partes Virtual o en SUNAT Operaciones en Línea. Para tal efecto, deberán tener en consideración el plazo establecido en la presente Resolución para la presentación de dichos documentos.

No obstante, se entiende que, con posterioridad al plazo en referencia, la presentación de la Comunicación, Informe, Acta o Constancia se realizará de forma excepcional (cuando ocurran situaciones que inhabiliten temporalmente SUNAT Operaciones en Línea) en las dependencias de la SUNAT, Centros de Servicios al Contribuyente o Mesa de Partes Virtual; observando los plazos y las condiciones establecidas en la Resolución. La Resolución entró en vigor a partir del 13 de noviembre del 2023 y desde esta fecha en adelante debemos seguir los procedimientos y requisitos ya establecidos con la finalidad de que las empresas puedan ejercer su derecho de deducción de un gasto que a todas luces es real y debe deducirse de los ingresos generados con la finalidad de obtener la renta neta que generará el pago de un Impuesto a la Renta que vaya en consonancia con la capacidad contributiva del contribuyente.

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Inteligencia artificial aplicada a la tributación

Inteligencia artificial aplicada a la tributación

Inteligencia artificial aplicada a la tributación

En esta oportunidad, Marysol León, Socia y Gerente General en Quantum Consultores nos comenta sobre la aplicación de la inteligencia artificial en la tributación y las diferentes herramientas con las que cuentan las empresas para poder gestionar grandes volúmenes de información, a fin de evitar contingencias tributarias con SUNAT.

La inteligencia artificial ha llegado para quedarse, y su presencia se hace cada vez más evidente en las administraciones tributarias de todo el mundo. La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) no es una excepción; la inteligencia artificial se ha convertido en una herramienta esencial tanto para asesores tributarios, firmas de auditoría, contabilidad como para las propias empresas. En este artículo, exploraremos la evolución y la importancia de la inteligencia artificial en el ámbito tributario.

La Diversidad Tecnológica

Más allá de la Inteligencia Artificial

Antes de sumergirnos en el impacto de la inteligencia artificial, es fundamental entender el amplio espectro de tecnologías que actualmente moldean nuestro mundo. Este espectro incluye el cloud computing, el Big Data & Data Analytics, el Internet of Things, Blockchain y Smart Contracts, la computación cuántica, robótica, RPA (Automatización de Procesos Robóticos), y, por supuesto, la Inteligencia Artificial.

La inteligencia artificial se destaca en este conjunto diverso de tecnologías al enfocarse en la creación de sistemas que pueden igualar o superar la inteligencia humana. Estos sistemas son capaces de aprender, razonar, resolver problemas y tomar decisiones autónomamente. Su funcionamiento se basa en algoritmos capaces de identificar patrones y relaciones en los datos, lo que les permite realizar predicciones y tomar decisiones fundamentadas. La inteligencia artificial encuentra aplicaciones en una amplia variedad de campos, incluyendo la medicina, la economía, la educación, la seguridad y, por supuesto, la tributación.

La Inteligencia Artificial y su Funcionamiento

La Esencia de la IA

La inteligencia artificial es una rama de la informática que se dedica a la creación de sistemas capaces de imitar o superar la inteligencia humana. Esto implica que estos sistemas pueden aprender, razonar, resolver problemas y tomar decisiones por sí mismos. Pero, ¿cómo logran esto?

La respuesta radica en los algoritmos. La inteligencia artificial utiliza algoritmos que pueden identificar patrones y relaciones en los datos. Estos algoritmos analizan grandes conjuntos de información, extrayendo conocimiento de ellos. Luego, usan este conocimiento para crear modelos que pueden hacer predicciones o tomar decisiones.

Por ejemplo, en el ámbito tributario, la inteligencia artificial puede analizar datos financieros y fiscales para identificar patrones que sugieran evasión fiscal. Puede predecir qué contribuyentes son más propensos a incumplir sus obligaciones tributarias. Esto permite a las administraciones tributarias optimizar sus recursos y enfocar sus esfuerzos en los casos de mayor riesgo.

La Importancia de la Inteligencia Artificial en la Tributación

Optimizando Procesos y Mejorando el Cumplimiento

La tributación es una parte fundamental de cualquier economía. Es a través de los impuestos que se financian servicios públicos esenciales como la educación, la salud y la seguridad. Pero, a menudo, el sistema tributario se enfrenta a desafíos como la evasión y la elusión fiscal. Aquí es donde la inteligencia artificial entra en juego.

En el ámbito tributario, la inteligencia artificial tiene un papel crucial. Puede analizar grandes volúmenes de datos para identificar comportamientos sospechosos y patrones de evasión fiscal. Puede automatizar tareas rutinarias, como la verificación de declaraciones fiscales. Esto libera a los recursos humanos para trabajar en casos más complejos y estratégicos.

Los Beneficios de la Inteligencia Artificial en la Tributación

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La inteligencia artificial aporta una serie de beneficios clave a la tributación:

  1. Optimización de Recursos: La inteligencia artificial permite a las administraciones tributarias hacer más con menos. Automatiza tareas repetitivas y libera a los empleados para tareas más estratégicas. Esto reduce costos y mejora la eficiencia.
  2. Mejora en el Cumplimiento: La inteligencia artificial puede predecir el incumplimiento tributario. Esto permite a las administraciones enfocar sus esfuerzos en los contribuyentes de mayor riesgo. También fomenta el cumplimiento voluntario, ya que los contribuyentes ven que la evasión se detecta de manera efectiva.
  3. Transparencia y Datos de Calidad: La inteligencia artificial utiliza datos de alta calidad para sus análisis. Esto incluye no solo los datos proporcionados por los contribuyentes, sino también información de terceros y fuentes externas. Además, fomenta la transparencia y el intercambio de información entre las administraciones tributarias.
  4. Lucha contra la Evasión: Uno de los beneficios más notables de la inteligencia artificial en la tributación es su capacidad para detectar la evasión fiscal. Puede identificar patrones anómalos y comportamientos sospechosos, lo que ayuda a combatir la evasión de manera efectiva.

La Transformación de la SUNAT

El Caso de Perú

La SUNAT, la administración tributaria de Perú, está liderando la transformación tributaria en América Latina. La implementación de tecnologías basadas en inteligencia artificial ha mejorado significativamente la gestión tributaria y aduanera. Esto se refleja en un servicio más accesible, rápido, personalizado y consistente para los contribuyentes.

Asistentes Virtuales y Chatbots en Acción

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Confección de Borradores de Declaraciones Tributarias

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La confección de borradores de declaraciones tributarias consiste en la generación y envío de propuestas de declaración basadas en la información disponible. Los contribuyentes pueden aceptar, modificar o rechazar estas propuestas. Este servicio promueve el cumplimiento voluntario, reduce errores y simplifica los trámites fiscales. La inteligencia artificial mejora este servicio utilizando avanzadas técnicas de análisis de datos y aprendizaje automático.

El Futuro de la Fiscalización

Combatiendo la Evasión y la Elusión

La inteligencia artificial tiene un papel fundamental en la fiscalización y el control del cumplimiento tributario. Brinda una gran cantidad de datos de alta calidad, obtenidos no solo de los contribuyentes, sino también de terceros y redes sociales. Esta información permite a las administraciones tributarias luchar contra la evasión y la defraudación fiscal de manera más efectiva.

Análisis Predictivo y Otras Herramientas

Herramientas de Transformación Tributaria

El análisis predictivo, basado en la inteligencia artificial, se utiliza para analizar datos históricos y actuales con el propósito de predecir eventos futuros. Esto mejora la selección y priorización de los contribuyentes para la fiscalización. Además, ayuda a estimar el potencial recaudatorio y el riesgo fiscal.

La SUNAT, por ejemplo, utiliza la inteligencia artificial en procesos como la fiscalización parcial electrónica, donde se detectan inconsistencias en la información declarada por el contribuyente. También se aplican algoritmos para la detección de facturas falsas, que son utilizadas para evadir impuestos.

El Papel de la IA en el Cumplimiento Voluntario

Un Cambio Cultural

La inteligencia artificial fomenta el cumplimiento voluntario al detectar la evasión de manera efectiva. Cuando los contribuyentes ven que la evasión es identificada y sancionada de manera justa, son más propensos a cumplir con sus obligaciones tributarias. Esto promueve un ambiente tributario más equitativo y un mejor financiamiento de los servicios públicos.

Conclusión

La inteligencia artificial ofrece innumerables ventajas para las administraciones tributarias y los contribuyentes, optimizando recursos y aumentando la eficiencia. A medida que evoluciona, la confianza mutua entre las administraciones y los contribuyentes se fortalece, allanando el camino para un futuro de colaboración en la gestión tributaria.

Nota: Este artículo es una introducción a la intersección de la inteligencia artificial y la tributación. Las implicaciones legales y éticas deben ser consideradas y gestionadas cuidadosamente por las partes involucradas. La tecnología está cambiando la forma en que interactuamos con la tributación, y es esencial que estas transformaciones se realicen de manera justa y equitativa.

Estamos en una era en la que no podemos estar ajenos a la revolución tecnológica. En ese sentido, hacemos un llamado a las empresas a afrontar el uso de la inteligencia artificial que vienen llevando a cabo las administraciones tributarias, siendo ordenados, manejando información transparente e incorporando medidas de diagnósticos preventivas para poder minimizar riesgos y que las áreas contables puedan estar debidamente asesoradas.

En Quantum Consultores manejamos herramientas tecnológicas que nos ayudan a validar la información que las empresas preparan antes de declarar impuestos. Hay muchas herramientas que se pueden utilizar, pero lo más importante es que las áreas contables y los auditores independientes puedan contar también con estas herramientas a fin de manejar un volumen grande de información que nos ayuden a analizar los desafíos y oportunidades que se presentan.

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