INTRODUCCIÓN
Si eres CFO, gerente financiero o contador general de una empresa mediana o grande en el Perú, este artículo es probablemente uno de los más importantes que leerás este año.
La SUNAT de 2026 no es la misma de hace cinco años. Su capacidad de revisión se ha multiplicado, su acceso a información se ha ampliado de manera significativa y el marco normativo que la respalda está vigente. Ignorar estos cambios no es una opción.
De la auditoría en papel a la supervisión digital integrada
La historia de la fiscalización tributaria en el Perú es, en esencia, la historia de cómo la tecnología cambió la relación entre el contribuyente y la administración tributaria. Durante décadas, una fiscalización implicaba funcionarios revisando archivadores físicos, facturas impresas y libros contables manuales.
Luego llegó la era digital intermedia. Con ella, los libros y registros electrónicos, las declaraciones en línea, la facturación electrónica, los sistemas de retenciones y percepciones electrónicas y el uso obligatorio de la Clave SOL. Cada uno de estos cambios amplió la visibilidad de SUNAT sobre las operaciones de los contribuyentes.
Pero el salto más significativo está ocurriendo ahora. La tendencia global apunta hacia lo que los especialistas denominan Administración Tributaria 3.0: un modelo donde los sistemas de la empresa y los de la administración tributaria están permanentemente conectados, y el cumplimiento tributario se integra de forma automática en las operaciones del negocio.
Este enfoque se apoya en inteligencia artificial, blockchain, intercambio internacional de información fiscal y sistemas automatizados de análisis de datos. No es una proyección a futuro. Es la dirección declarada de SUNAT para los próximos años.
«La meta de la administración tributaria moderna no es ser más visible, sino estar tan integrada en la actividad económica que su presencia sea prácticamente invisible para el contribuyente, pero con capacidad permanente de supervisión.»
El marco normativo: qué dice la ley y qué cambia en la práctica
Las nuevas facultades de SUNAT no son una interpretación arbitraria ni una práctica informal. Tienen respaldo normativo específico. Estas son las dos normas que todo equipo tributario debe conocer:
Decreto Legislativo N.° 1523
Modifica el Código Tributario e introduce nuevas herramientas de fiscalización:
- Acceso a sistemas electrónicos del contribuyente
- Solicitud de perfiles de acceso a sistemas contables
- Modernización de procedimientos de comparecencia
- Desarrollo de mecanismos de fiscalización remota
Decreto Supremo N.° 303-2025-EF
Reglamenta el D.L. 1523 y establece los procedimientos para su implementación:
- Optimiza el control del cumplimiento tributario
- Moderniza la relación entre SUNAT y contribuyentes
- Reduce costos administrativos y desplazamientos
- Facilita los procesos de fiscalización digital
Lo relevante no es solo que estas normas existan. Es que su implementación ya está en marcha. La pregunta ya no es si SUNAT utilizará estas facultades, sino cuándo y cómo las aplicará en tu empresa.
Lo que cambió: SUNAT puede acceder directamente a tu sistema contable
Este es el punto de mayor impacto para las empresas. Hasta hace poco, una fiscalización implicaba que SUNAT requería documentos, los revisaba y emitía observaciones. Bajo el nuevo marco normativo, la dinámica cambia de manera sustancial.
¿Qué debe proporcionar la empresa?
Cuando SUNAT inicia una fiscalización, la empresa tiene la obligación de:
- Informar qué sistema contable utiliza: CONCAR, QuickBooks, SAP, Oracle o sistemas internos
- Proporcionar los perfiles de acceso con el nivel necesario para la revisión
- Permitir la generación o descarga de reportes directamente desde el sistema
Las dos modalidades de acceso
Acceso remoto: SUNAT revisa el sistema desde sus propias instalaciones. Puede visualizar operaciones, generar reportes y registrar su actividad dentro del sistema sin acudir a la empresa.
Acceso presencial: Los funcionarios acuden a las oficinas de la empresa y acceden al sistema desde el equipo del contribuyente o desde un equipo institucional, con las credenciales proporcionadas en el momento.
Punto crítico: El acceso debe otorgarse siempre que el sistema lo permita técnicamente. Esta condición abre un espacio de discusión importante para empresas con sistemas internacionales que no permiten accesos externos, plataformas administradas por proveedores en el extranjero o sistemas con restricciones de seguridad corporativa establecidas por casa matriz. Sin la asesoría correcta, este escenario puede convertirse en una contingencia significativa.
Los límites de SUNAT: lo que sí puede y lo que no puede hacer
Conocer los límites de las facultades de SUNAT es tan importante como entender las facultades mismas. La ley establece restricciones claras que protegen al contribuyente.
Lo que SUNAT sí puede:
- Visualizar operaciones del período fiscalizado
- Generar reportes de información
- Revisar registros contables
- Registrar su ingreso y salida del sistema
- Requerir acceso presencial o remoto
Lo que SUNAT NO puede:
- Modificar información contable
- Eliminar registros existentes
- Ocultar información registrada
- Acceder a períodos distintos al fiscalizado
- Mantener acceso una vez vencido el plazo del requerimiento
Hacer valer estos límites en la práctica requiere protocolos claros de atención de fiscalizaciones, conocimiento técnico del marco normativo y asesoría especializada que pueda actuar con rapidez frente a cualquier exceso.
Cuatro riesgos reales que toda empresa debe evaluar hoy
Más allá del marco normativo, estos son los cuatro escenarios de mayor exposición que identificamos en la práctica:
Riesgo 1: Acceso a información sensible más allá de los datos tributarios
Los sistemas contables modernos contienen datos personales de clientes, información comercial estratégica y datos financieros confidenciales. La ley restringe su uso, pero el simple hecho de que queden expuestos durante la revisión genera un riesgo real que debe gestionarse con políticas internas claras.
Riesgo 2: Empresas multinacionales con sistemas contables internacionales
Muchas corporaciones mantienen su contabilidad en sistemas ERP globales administrados desde la casa matriz. Proporcionar acceso puede requerir autorización corporativa internacional o activar conflictos con normativas de privacidad de datos del país de origen. Sin un protocolo de respuesta definido, el riesgo de sanción es concreto.
Riesgo 3: Empresas que externalizan su contabilidad
Cuando la contabilidad está en manos de un estudio externo y esa relación se interrumpe, la empresa puede quedar sin acceso a su propio sistema frente a un requerimiento de SUNAT con plazos perentorios. La responsabilidad recae en el contribuyente, no en el contador externo.
Riesgo 4: Sanciones por no proporcionar perfiles de acceso
El Código Tributario ya incorporó infracciones específicas para quienes no faciliten el acceso a sus sistemas durante una fiscalización. La ignorancia de la norma no exime de responsabilidad.
Comparecencia ante SUNAT: un poder que también se amplió
Además del acceso a sistemas, el nuevo marco normativo reforzó la figura de la comparecencia tributaria: el mecanismo por el cual SUNAT cita a contribuyentes, contadores, proveedores o clientes para que proporcionen información o aclaren hechos relacionados con una fiscalización.
Una fiscalización ya no afecta solo a la empresa auditada. Puede extenderse a sus asesores contables, sus principales proveedores y sus clientes más relevantes. La red de información que SUNAT puede construir a través de la comparecencia de terceros convierte la preparación preventiva en una necesidad estratégica, no solo técnica.
Quien llega preparado a una comparecencia dicta el ritmo del proceso. Quien no, lo pierde desde el inicio.
Cómo preparar a tu empresa: acciones concretas para 2026
El nuevo escenario de fiscalización no es una amenaza inevitable. Es un problema de gestión. Las empresas que trabajan con criterio preventivo tienen una ventaja real sobre las que esperan que llegue el requerimiento para reaccionar.
Plan de preparación ante fiscalización digital SUNAT:
- Auditar el sistema contable actual: ¿permite acceso externo? ¿con qué restricciones técnicas?
- Documentar y centralizar los perfiles de acceso con niveles definidos
- Evaluar qué información no tributaria queda expuesta ante un acceso de SUNAT
- Establecer un protocolo interno de atención de requerimientos de fiscalización
- Revisar contratos con estudios contables externos: ¿quién mantiene el acceso al sistema?
- Para empresas multinacionales: obtener un protocolo de respuesta autorizado por casa matriz
- Realizar una auditoría tributaria preventiva para detectar contingencias antes de una fiscalización
- Capacitar al equipo en el nuevo marco normativo (D.L. 1523 y D.S. 303-2025-EF)
- Definir qué áreas deben estar involucradas en la atención de una fiscalización digital
- Contar con asesoría tributaria especializada disponible durante todo el proceso
Conclusión: el cumplimiento ya no es suficiente
Durante años, la gestión tributaria de una empresa se medía por si cumplía o no con sus obligaciones formales: presentar declaraciones a tiempo, pagar los tributos correctamente, mantener los libros actualizados. Ese estándar ya no es suficiente.
La fiscalización 2026 agrega una dimensión nueva: la arquitectura tecnológica y el control de los sistemas contables empresariales. No basta con tener la contabilidad al día. Hay que tener los sistemas preparados, los accesos documentados, los protocolos definidos y el equipo entrenado.
En Quantum Consultores trabajamos con este enfoque desde hace más de 20 años: no solo revisamos si los números son correctos, sino si los criterios detrás de ellos son sólidos y si la empresa está en condiciones de defender su posición frente a cualquier nivel de escrutinio tributario.
SUNAT no revisa solo cifras. Revisa criterios. Y ahora también revisa sistemas.
¿Tu empresa está preparada para una fiscalización digital? Nuestro equipo senior revisa el estado real de tu exposición tributaria, evalúa tus sistemas contables frente a las nuevas facultades de SUNAT y diseña el protocolo de atención adecuado. Sin genéricos. Con criterio.