INTRODUCCIÓN
Todo parecía una operación financiera común.
Una empresa obtuvo un préstamo bancario por más de S/ 25 millones.
El destino: adquirir un almacén para el negocio.
Hasta ahí, nada fuera de lo normal.
Pero cuando analizamos el caso… encontramos algo que podía convertirse en una contingencia tributaria significativa.
El dinero no terminó en la empresa.
Terminó en el accionista.
Y eso cambia todo.
Como introducción a este análisis, Marysol León, CEO de Quantum Consultores, nos comparte un video donde explica por qué hoy más que nunca la estructura de las operaciones es clave para evitar contingencias tributarias que muchas veces no son evidentes a simple vista.
EL CASO
La empresa obtuvo un financiamiento bancario con un destino claramente establecido:
La compra de un almacén para su actividad empresarial.
Sin embargo:
- Se transfirieron más de S/ 20 millones al accionista
- El inmueble fue adquirido a título personal
- Luego, sería arrendado a la empresa
Es decir:
La empresa se endeuda
El accionista adquiere el activo
La empresa paga intereses… y luego alquiler
Una estructura que, en una fiscalización, no pasa desapercibida
EL RIESGO TRIBUTARIO
-
Principio de causalidad
El problema central era claro, no se está incurriendo en un gasto con la finalidad de generar renta ni mantener la fuente generadora de la renta, es decir no cumple con el artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta.
¿Ese préstamo realmente generaba renta para la empresa?
Porque, si el activo no es de la empresa:
- El financiamiento pierde vinculación con la actividad
- Los intereses podrían ser no deducibles
-
Norma XVI
La estructura podía ser cuestionada como:
- un esquema para generar deducción de intereses
- un esquema para generar deducción de alquiler
- una forma de mantener el activo fuera del patrimonio
En otras palabras: riesgo de elusión tributaria por ser artificiosa con una ventaja tributaria (Impuesto a la Renta 5% por el alquiler del inmueble a nombre del accionustas y una deducción del gasto del alquiler en la empresa con un Impuesto a la Renta de 29.5%)
EL PROBLEMA REAL
Y aquí está lo más importante:
La operación no era ilegal. El problema era la estructura.
Este tipo de situaciones son las más peligrosas, porque:
- Están documentadas
- Están registradas
- Parecen correctas
Pero no resisten una revisión sustancial.
LA ESTRATEGIA
La solución no fue “defender lo indefendible”.
Fue reordenar la operación estratégicamente:
-
Reconocer la realidad económica
La empresa contaba con fondos disponibles antes del préstamo bancario además de Utilidades por Distribuir de años anteriores, por lo que debió calificar la transferencia al accionista como:
distribución de dividendos
-
Regularizar el impacto tributario
- Se procedió con la regularización de la Retención del 5% de Impuesto a los dividendos
- Se realizó el pago de los intereses moratorios
- Se asumió el pago de la multa correspondiente
-
Reestructurar el financiamiento
Se Contabilizó el destino del préstamo para:
capital de trabajo
Y se sustentó su uso con:
- Un flujo de efectivo
Ello en virtud de la Casación 3412-2008 que señaló que el Estado de Flujo de Efectivo es suficiente para demostrar que el crédito ha sido utilizado para la adquisición de activos empresariales, dado que no resulta posible una identificación específica del uso de los fondos obtenidos, por cuanto se mezclan con los recursos existentes en la empresa, como es el caso de los saldos de caja que poseía la empresa.
RESULTADO
Esta estrategia permitió:
Eliminar el riesgo de no deducibilidad de intereses
reducir el riesgo de aplicación de Norma XVI
alinear la operación con su sustancia económica
y, sobre todo, evitar una contingencia significativa en una futura fiscalización
REFLEXIÓN FINAL
Este caso deja una lección poderosa:
No todo problema tributario nace de una mala práctica. Muchos nacen de una mala estructura.
Y lo más importante:
La fiscalización no crea el riesgo… solo lo revela.
En nuestra experiencia, las empresas no fallan por desconocimiento…fallan por no anticiparse.
Y ahí es donde la prevención hace la diferencia.
En Quantum Consultores, trabajamos precisamente en ese punto crítico:
Antes de que el riesgo se materialice.
Acompañamos a las empresas en la revisión y estructuración de sus operaciones más sensibles —financiamientos, operaciones con accionistas, contratos complejos— con un enfoque preventivo y estratégico, alineando cada decisión con su sustancia económica y su impacto tributario real.
Porque cuando la estructura es correcta, la fiscalización deja de ser una amenaza… y se convierte en una validación.