¿Qué empresas están obligadas a presentar Reporte Maestro y Reporte País por País en Set-2018?

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Así fluye del Proyecto de Resolución pre-publicado por la SUNAT que regulará la presentación de las Declaraciones Juradas Informativas de Precios de Transferencia Reporte Maestro y Reporte País por País.

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En la Declaración Jurada Reporte Maestro, se deberá informar, entre otros, de la estructura organizacional del grupo (con indicación de la estructura del capital de cada uno de los miembros), los principales factores impulsores de los beneficios empresariales, la cadena de suministro de los cinco (5) principales productos y/o servicios del grupo y los principales mercados geográficos donde se comercializan sus productos y/o servicios.

En la Declaración Jurada Reporte País por País, se deberá informar, entre otros, del monto de los ingresos consolidados del grupo, proporcionando la identificación de cada integrante del grupo multinacional, y señalando la jurisdicción del domicilio o residencia de cada uno de ellos y la jurisdicción con arreglo a cuya legislación se ha constituido, en caso fuera distinta a la jurisdicción del domicilio o residencia, así como sobre la naturaleza de la actividad o actividades económicas principales que realizan, sobre los ingresos, pérdidas o ganancias (antes del impuestos) e impuesto a la renta pagado y devengado.

Solamente están obligados a presentar el Reporte Maestro, los contribuyentes integrantes de un grupo cuyos ingresos devengados hayan superado las veinte mil (20 000) UIT y hubieran realizado transacciones dentro del ámbito de aplicación de las normas de precios de transferencia, cuyo monto de operaciones sea igual o mayor a cuatrocientas (400) UIT.

Solamente están obligados a presentar Reporte País por País, la matriz domiciliada en el país de un grupo multinacional cuyos ingresos devengados en el ejercicio gravable anterior al que corresponde la declaración, según los estados financieros consolidados que la matriz del grupo multinacional deba formular, sean mayores o iguales a dos mil setecientos millones y 00/100 soles (S/ 2 700 000 000,00).

En el caso de multinacionales cuya matriz no esté domiciliada, están obligados a presentar el Reporte País por País en los casos específicamente señalados en la norma.

La Declaración Jurada se presenta en un formulario en línea que tiene un formato destinado a facilitar la lectura e intercambio de la información en forma automatizada.

Habiendo vencido el plazo para la presentación de observaciones, se espera que en los próximos días de publique el texto definitivo de la Resolución, que de esta forma complementará el espectro de obligaciones en materia de precios de transferencia.

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