Riesgo, defensa y cumplimiento: desafíos contemporáneos en la tributación empresarial

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La SUNAT ya no elige a quién fiscalizar por muestreo: cruza datos, perfila y predice. Las empresas que lo entiendan a tiempo llegarán a 2027 con ventaja. Las que no, llegarán tarde.

Por Marysol León H., Socia – Directora Ejecutiva de Quantum Consultores. Reflexiones a partir de la entrevista concedida a la Revista del Grupo de Estudios Tributarios (GET) de la UPC.

La fiscalización casi nunca llega por sorpresa

Antes de dedicarme a la asesoría, resolví casos en el Tribunal Fiscal. Esa experiencia me dejó una convicción que hoy guía todo nuestro trabajo: alrededor del 80% de las controversias tributarias nacen de errores contables o de falta de conocimiento especializado que pudieron prevenirse.

El riesgo tributario casi siempre avisa. El problema es que muchas empresas no están mirando. Y hoy la SUNAT sí lo está haciendo, con más datos y mejores herramientas que nunca.

El perfil de cumplimiento: la prórroga no es un respiro

El D.S. N.° 055-2026-EF, publicado el 9 de abril de 2026, amplió de ocho a doce las calificaciones de prueba del Perfil de Cumplimiento Tributario antes de que este tenga efectos jurídicos. Esas calificaciones son trimestrales e informativas. En la práctica, la vigencia plena se desplaza hacia 2027.

Muchos lo leyeron como un alivio. Yo lo leo como una ampliación de la marcha blanca, no como una suspensión del control. La SUNAT ya calcula el perfil con la información real de cada empresa; lo único que se posterga es su efecto.

Y ese efecto será concreto. En los niveles más bajos, la SUNAT podrá extender los plazos de devolución de IGV, las rectificatorias que reduzcan la obligación surtirán efecto recién a los 90 días hábiles y en el nivel más bajo hasta el cambio de domicilio fiscal requerirá autorización previa. En el otro extremo, una buena calificación otorga beneficios.

El perfil funciona como el historial crediticio de una empresa: se construye con doce meses de comportamiento. La calificación de mañana se está escribiendo con los datos de hoy. Mi recomendación: trate cada calificación informativa como un diagnóstico gratuito. Revísela, entienda por qué obtuvo su nivel y corrija a tiempo.

Cinco señales de alerta antes de la fiscalización

  1. Inconsistencias en los datos que la SUNAT ya tiene. Diferencias entre comprobantes electrónicos, el SIRE, las declaraciones mensuales, la anual y los movimientos bancarios. La Administración no necesita fiscalizar para verlas: las cruza automáticamente.
  2. Indicadores atípicos frente al sector. Márgenes por debajo de empresas comparables, pérdidas recurrentes con ventas crecientes, saldos a favor que nunca se agotan.
  3. Proveedores de riesgo. No habidos, sin capacidad operativa o recién constituidos. El desconocimiento del crédito fiscal y del gasto por operaciones no reales es uno de los reparos más frecuentes y costosos.
  4. Operaciones con vinculadas sin sustancia. Servicios intragrupo, regalías o management fees sin evidencia de prestación ni de beneficio.
  5. Comportamiento frente a la SUNAT. Rectificatorias frecuentes, pagos fuera de plazo, fraccionamientos perdidos y cartas inductivas. Una esquela es una pregunta; responderla mal es casi una confesión.

Hay una sexta señal, la más peligrosa: cuando nadie en la empresa puede explicar con documentos por qué una cifra es la que es. La SUNAT no fiscaliza empresas; fiscaliza inconsistencias. Si ella puede ver una inconsistencia en sus datos, usted debería haberla visto primero en los suyos.

Inteligencia artificial: la IA genera, predice, el auditor decide

Con la facturación electrónica, los libros electrónicos, el SIRE y el intercambio internacional de información, la SUNAT tiene una visión casi en tiempo real de las empresas. Quien hoy recibe un requerimiento muchas veces ya fue “auditado” por un algoritmo. A ello se suma el D.S. N.° 303-2025-EF, que permite la comparecencia remota y el acceso de solo lectura al sistema contable durante la fiscalización.

La fiscalización será más selectiva, más profunda y más rápida. Pero la tecnología tiene límites que el Derecho debe custodiar:

  • Un algoritmo puede generar un indicio, pero un reparo exige norma, hechos probados y un acto debidamente motivado.
  • Un patrón estadístico no puede convertirse en una presunción que la ley no prevé.
  • El contribuyente tiene derecho a saber por qué fue seleccionado o calificado, y a que una persona revise su caso. Una decisión que no se puede explicar no se puede impugnar.

El Reglamento de la Ley N.° 31814 (D.S. N.° 115-2025-PCM) ya exige, para sistemas de alto riesgo, transparencia, supervisión humana efectiva y calidad de datos. Son estándares que también deben iluminar la fiscalización. La IA puede encontrar la inconsistencia, pero solo el Derecho puede decidir si es una infracción.

De la defensa reactiva a la gestión preventiva

En 21 años y más de 1,000 empresas acompañadas, en Quantum Consultores hemos levantado el 95% de los reparos en fiscalizaciones. Pero la lección más importante no es cómo defender bien. Es que la mejor defensa es la que nunca se necesita. Incluso una defensa exitosa cuesta tiempo, caja, intereses y desgaste de la gerencia.

Pasar a un modelo preventivo exige cinco cambios:

  1. Llevar la tributación al directorio. Desde el D. Leg. N.° 1422, definir la estrategia tributaria es una atribución indelegable del directorio.
  2. Un mapa de riesgos vivo, por proceso y por tributo, actualizado cada vez que cambia el negocio o la norma.
  3. Revisión mensual y auditoría preventiva anual que simule una fiscalización antes del cierre, cuando aún se puede corregir con rebajas de sanciones.
  4. Documentar en tiempo real. El sustento se construye cuando ocurre la operación, no cuando llega el requerimiento.
  5. Usar los mismos datos que usa la SUNAT y capacitar al equipo contable, donde nacen la mayoría de contingencias.

Clasificar contingencias: decidir antes de que decida la SUNAT

No todas las contingencias pesan igual. Una clasificación útil cruza dos ejes: probabilidad (solidez del criterio, jurisprudencia, calidad del sustento, visibilidad para la SUNAT) e impacto (tributo, intereses, multas, efecto en cascada sobre Renta e IGV, responsabilidad solidaria, reputación).

Nivel

Qué hacer

Alto

Actuar ya: rectificar con rebajas de gradualidad, provisionar e informar al directorio

Medio

Blindarse: reforzar el sustento, obtener informes técnicos y preparar la defensa antes de necesitarla

Bajo

Documentar, monitorear y revisar si cambia la norma o la jurisprudencia

El error más común es tratar todo como riesgo alto, lo que paraliza, o todo como bajo, lo que expone. Una contingencia que no se mide no se gestiona; solo se espera.

Planeamiento tributario: legal ya no basta, tiene que ser explicable

La economía de opción es legítima: nadie está obligado a elegir el camino que más impuestos paga. El límite de la Norma XVI aparece cuando los actos son artificiosos o impropios y, fuera del ahorro, producen los mismos efectos que los actos usuales.

Dicho en simple: si al quitar el ahorro tributario la operación deja de tener sentido, o si se dieron cinco pasos donde un empresario razonable daría uno, estamos en zona de elusión.

Lo que cambió no es dónde está el límite legal, sino qué tan visible es una operación que se acerca a él. Antes de decidir, todo directorio debería hacerse seis preguntas: propósito de negocio, sustancia, coherencia entre forma y resultado, proporcionalidad, parecido con esquemas del Catálogo de la SUNAT, y documentación y aprobación formal.

Elegir el camino que paga menos es un derecho; inventar un camino solo para pagar menos es un riesgo.

El asesor que solo sabe defender llegará tarde

El asesor tributario enfrenta hoy tres desafíos: la velocidad de una Administración que trabaja con datos casi en tiempo real; una incertidumbre interpretativa que la jurisprudencia aún no despeja; y el lenguaje, porque un directorio decide en términos de riesgo, caja y decisión, no de artículos.

Su lugar ya no es el de quien llega cuando hay un problema. Es estar en la mesa cuando se diseña la operación, traducir la incertidumbre en criterio y tener la independencia para decir “no” cuando una estructura no se sostiene. Esa es la diferencia entre un tributarista que gana casos y uno que evita que existan.

Cierre

La tributación del futuro se juega antes de la fiscalización. La Administración ya cambió: usa datos, perfiles y modelos de riesgo. Las empresas y sus asesores tienen que estar a la altura.

Donde la ley no da certeza, el asesor debe dar criterio. Ese es mi compromiso: convierto la incertidumbre tributaria en confianza, justicia y futuro posible. Porque defender bien es un mérito, pero no tener que defenderse es una estrategia.

Prevenir no es opcional. Es estrategia.

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