¿Tu empresa realiza operaciones intragrupo? En este artículo, encontrarás un análisis técnico detallado sobre el reciente pronunciamiento del Tribunal Fiscal (RTF 2374-4-2025) respecto al test de beneficio y el sustento necesario para deducir gastos entre empresas vinculadas.
El contenido a continuación ha sido elaborado por un especialista del más alto nivel, abordando el tema con profundidad jurídica, contable y fiscal. Esta entrada está dirigida a profesionales que buscan precisión técnica sin simplificaciones.
¿Por qué es importante? SUNAT está aplicando con mayor rigor el criterio de beneficio económico en operaciones intragrupo. Entender este enfoque puede marcar la diferencia entre una auditoría sin observaciones o un reparo millonario.
Gastos Intragrupo: Pronunciamiento del Tribunal Fiscal sobre sustento de gastos entre vinculadas, lo que tu empresa debe saber
En el mundo tributario, estar al día no es opcional: es la única forma de evitar contingencias, reparos y sanciones. Y cuando hablamos de operaciones entre empresas vinculadas, el riesgo se multiplica. Recientemente, un pronunciamiento del Tribunal Fiscal (RTF No. 2374-42025) ha resuelto un caso sobre operaciones entre vinculadas y la aplicación del test de beneficio. La Ley, exige que para las operaciones entre vinculadas se cumplan las reglas de precias de transferencia y se cuente con un test de beneficio. Esto implica poder probar el valor economico o comercial que proporcionan los servicios al destinatario. La SUNAT realiza estas observaciones especialmente cuando existe un vínculo económico, societario o de dirección común. En este artículo, te contamos lo más relevante de esta RTF y lo que implica para tu negocio.¿Qué dice la nueva RTF sobre operaciones entre vinculadas?
La RTF comentada por Marysol León, CEO de Quantum Consultores y experta en fiscalidad destaca la importancia del «Test de Beneficio», el cual evalúa si el gasto realizado tiene la capacidad de generar beneficios económicos para la empresa. Si bien no se requiere que el gasto haya producido ingresos inmediatos, debe existir una expectativa razonable de beneficio económico. En palabras simples: El Tribunal establece que es necesario contar con el sustento adecuado que respalde la realidad y necesidad de los gastos deducidos, más aun cuando se trate de servicios contratados entre empresas vinculadas. Así, será vital para evitar reparos, poder:- Demostrar la efectiva prestación de los servicios contratados.
- Acreditar su relación con la generación de ingresos mediante un test de beneficio.
¿Qué debe hacer tu empresa?
Desde Quantum Consultores, recomendamos adoptar una cultura preventiva que te permita anticiparte a estos criterios más estrictos. Algunas acciones clave:- Revisar la estructura societaria y de dirección de las empresas con las que operas, para estar al tanto de operaciones que requieren test de beneficio al ser vinculadas.
- Todo gasto intragrupo debe estar sustentado con documentos que acrediten la necesidad económica y el beneficio concreto para la empresa.
- Contar con documentación que acredite la efectiva prestación del servicio y de los entregables recibidos.
¿Quieres entenderlo mejor? Mira el análisis completo
Te invitamos a ver el video donde Marysol nos explica en detalle la reciente RTF y sus implicancias prácticas para empresarios y equipos contables:También puedes verlo directamente en YouTube
¿Qué puede hacer tu empresa ante este nuevo enfoque de SUNAT?
Desde Quantum Consultores te recomendamos adoptar una cultura de prevención fiscal. Este enfoque no solo permite evitar reparos, sino también gestionar mejor el riesgo tributario.- Revisa la estructura de tus operaciones con vinculadas.
- Documenta con detalle la prestación de servicios intragrupo.
- Aplica el test de beneficio con evidencia clara.