El sector agrario en el Perú acaba de recibir una de las actualizaciones normativas más relevantes de los últimos años.
La publicación del reglamento de la Ley N.º 32434 introduce un régimen tributario especial que, en teoría, busca impulsar una agricultura más competitiva, moderna y formal.
Pero como suele ocurrir en materia tributaria, el verdadero impacto no está en la norma en sí, sino en cómo se interpreta, se implementa y se controla en la práctica.
Porque en muchos casos, lo que empieza como un beneficio… puede terminar convirtiéndose en una contingencia fiscal si no se gestiona correctamente.
En este artículo, analizamos las 5 claves del nuevo reglamento que todo productor, empresa agraria o grupo empresarial vinculado al sector debería entender.
1. Un régimen con beneficios reales… pero condicionado
El nuevo régimen no es solo declarativo.
Introduce beneficios concretos en tres frentes clave:
- Impuesto a la Renta, con reglas diferenciadas según nivel de ingresos
- IGV, mediante mecanismos de recuperación del impuesto
- Exportaciones, a través del acceso al drawback
El objetivo es claro:
👉 reducir la carga tributaria efectiva y mejorar la liquidez del sector
Sin embargo, estos beneficios no son automáticos.
Están sujetos a condiciones de cumplimiento, control y sustento que exigen una gestión contable y tributaria mucho más rigurosa de lo habitual en el sector.
2. ¿Quiénes pueden acogerse al régimen? No todo el sector agrario está incluido
Uno de los primeros errores que se pueden cometer es asumir que cualquier actividad vinculada al agro califica.
El reglamento delimita claramente a los sujetos comprendidos:
✔ Pequeños productores agrarios
✔ Empresas agrarias
✔ Productores que operan a través de cooperativas o asociaciones
Incluye actividades como:
- Cultivo
- Crianza
- Agroindustria
Pero excluye expresamente actividades relacionadas con:
- Trigo
- Tabaco
- Semillas oleaginosas
- Aceites
- Cerveza
📌 ¿Por qué esto es relevante?
Porque una incorrecta clasificación de la actividad puede generar:
- pérdida del régimen
- reparos tributarios
- contingencias en fiscalización
3. La regla del 20%: el punto crítico que puede hacerte perder el régimen
Si hay una regla que merece especial atención, es esta:
Los ingresos por actividades no agrarias no pueden superar el 20% del ingreso total anual.
Esto implica que la empresa no solo debe generar ingresos agrarios, sino que debe cuidar la composición de sus ingresos.
¿Qué pasa si se supera el límite?
- Se podría perder la condición de actividad agraria principal
- Se perderían los beneficios del régimen
- Se abriría la puerta a contingencias tributarias
En la práctica, esto exige:
- segmentación clara de ingresos
- control contable adecuado
- revisión periódica de la estructura del negocio
Muchas empresas no fallan por desconocer la norma, sino por no monitorear estos indicadores a tiempo.
4. Impuesto a la Renta: nuevos tramos y reglas de retención
El reglamento introduce un esquema diferenciado en función de los ingresos netos anuales medidos en UIT.
Además, establece reglas específicas de retención:
- ✔ Se aplica retención cuando el productor supera 30 UIT
- ✔ No se aplica cuando supera 150 UIT o comunica su salida del régimen
También permite que:
👉 empresas agrarias o asociaciones actúen como agentes de retención
📌 Esto tiene implicancias importantes:
- en la planificación tributaria
- en la gestión de flujo de caja
- en el cumplimiento de obligaciones formales
Una mala interpretación de estas reglas puede generar diferencias en la determinación del impuesto.
5. Reintegro del IGV: una oportunidad financiera… si se sustenta correctamente
Uno de los beneficios más relevantes del régimen es la posibilidad de recuperar el IGV pagado en:
- compras
- servicios
- contratos de construcción
- importaciones
Siempre que estén destinados a producir bienes agrarios exonerados del IGV.
Sin embargo, este beneficio no es automático.
Requiere cumplir con condiciones como:
- RUC activo y habido
- sustento documental válido
- registro adecuado de compras
- informe técnico del MIDAGRI
⚠️ Aquí es donde muchas empresas enfrentan problemas.
En fiscalización, SUNAT suele observar:
- falta de sustento
- inconsistencias documentarias
- errores en la vinculación del gasto con la actividad agraria
Y eso puede convertir un beneficio en un reparo.
Más allá de las 5 claves: control, fiscalización y procedimientos
El reglamento también incorpora aspectos que no deben subestimarse:
- controles por parte de SUNAT y MIDAGRI
- procedimientos para devoluciones tributarias
- acceso al drawback en exportaciones agrarias
Esto refuerza una idea clave:
👉 no basta con cumplir, hay que poder demostrar el cumplimiento
Conclusión: el verdadero reto no es acceder al régimen, sino sostenerlo
El nuevo régimen tributario agrario representa, sin duda, una oportunidad relevante para el sector.
Pero también introduce un nivel de exigencia mayor en:
- control de ingresos
- sustento documental
- interpretación normativa
- gestión tributaria continua
En nuestra experiencia en Quantum Consultores, los mayores riesgos no surgen por desconocimiento de la norma, sino por:
- asumir que el beneficio aplica automáticamente
- no monitorear los límites (como el 20%)
- no preparar adecuadamente la evidencia para fiscalización
Porque en tributación, hay una realidad que siempre se repite:
La diferencia entre un ahorro tributario y una contingencia fiscal está en los detalles.
¿Tu empresa está realmente preparada para aplicar este régimen?
Si formas parte del sector agrario o asesoras empresas en esta industria, este es el momento de revisar:
- la estructura de ingresos
- el cumplimiento de requisitos
- el sustento de operaciones
- la estrategia tributaria aplicada
En Quantum Consultores ayudamos a empresas a evaluar riesgos, implementar correctamente beneficios tributarios y enfrentar procesos de fiscalización con criterio técnico sólido.
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